martes, 9 de febrero de 2016

¿Listas al Congreso sin procesos judiciales?

Hoy se vence el plazo para inscribir a los candidatos/as que postulan al Congreso y al Parlamento Andino. Así lo estableció el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Hasta el ocho de febrero, 5 partidos han inscrito un total de 105 postulantes. De estos, 29 han ocupado anteriormente cargos de elección, 5 declararon sentencias por delitos dolosos y 8 tienen juicios pendientes.

Con estos antecedentes en las listas congresales, y teniendo en cuenta que en San Martín también hay aspirantes con procesos en curso ¿habrá sorpresas al momento de la inscripción? El runrún entre los militantes de varios partidos políticos es que algunos podrían quedar fuera de lista o podrían hacer el “cambiazo”  en la ubicación de la lista.

Independientemente del número que ocupen en la lista, lo que deberían hacer los partidos políticos es preocuparse por inscribir candidatos/as honrados, probos, honestos, etc., y con representación ciudadana; no como vemos hasta ahora a nivel nacional. La región no está exenta de candidatos con denuncias por estafa, pensión de alimentos, denuncias por lavado de activos y con procesos penales.

Recordemos que en la edición de ayer nueve de febrero revelamos que dos candidatos por San Martín del partido político Peruanos Por el Kambio (PPK) cuentan con procesos en curso: Luis Pompilio Ramírez Pinedo y Noé Hernández Izquierdo. Pero eso no es todo. PPK es el que tiene más aspirantes al Congreso con procesos judiciales. Esta información se conoció gracias a la Asociación Transparencia, por medio de su aplicación Verita, herramienta de observación ciudadana.

El JNE instó a los partidos políticos para que las listas de candidatos al Congreso cumplan con las diferentes normas como: dar cuenta de las cuotas de género (30%), la declaración jurada de la hoja de vida del postulante, su firma y su huella digital, y la rúbrica del personero.

Según el JNE, de no cumplir con las normas, “los Jurados Electorales Especiales (JEE) se encargarán de calificar los expedientes, y determinar si hay motivos de inadmisibilidad subsanables o de improcedencia que no podrían ser subsanados”.

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