Hoy se vence el plazo para
inscribir a los candidatos/as que postulan al Congreso y al Parlamento Andino.
Así lo estableció el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Hasta el ocho de
febrero, 5 partidos han inscrito un total de 105 postulantes. De estos, 29 han
ocupado anteriormente cargos de elección, 5 declararon sentencias por delitos
dolosos y 8 tienen juicios pendientes.
Con estos antecedentes en las
listas congresales, y teniendo en cuenta que en San Martín también hay
aspirantes con procesos en curso ¿habrá sorpresas al momento de la inscripción?
El runrún entre los militantes de varios partidos políticos es que algunos podrían
quedar fuera de lista o podrían hacer el “cambiazo” en la ubicación de la lista.
Independientemente del número que
ocupen en la lista, lo que deberían hacer los partidos políticos es preocuparse
por inscribir candidatos/as honrados, probos, honestos, etc., y con
representación ciudadana; no como vemos hasta ahora a nivel nacional. La región
no está exenta de candidatos con denuncias por estafa, pensión de alimentos,
denuncias por lavado de activos y con procesos penales.
Recordemos que en la edición de
ayer nueve de febrero revelamos que dos candidatos por San Martín del partido
político Peruanos Por el Kambio (PPK) cuentan con procesos en curso: Luis
Pompilio Ramírez Pinedo y Noé Hernández Izquierdo. Pero eso no es todo. PPK es
el que tiene más aspirantes al Congreso con procesos judiciales. Esta
información se conoció gracias a la Asociación Transparencia, por medio de su
aplicación Verita, herramienta de observación ciudadana.
El JNE instó a los partidos
políticos para que las listas de candidatos al Congreso cumplan con las
diferentes normas como: dar cuenta de las cuotas de género (30%), la
declaración jurada de la hoja de vida del postulante, su firma y su huella
digital, y la rúbrica del personero.
Según el JNE, de no cumplir con
las normas, “los Jurados Electorales Especiales (JEE) se encargarán de
calificar los expedientes, y determinar si hay motivos de inadmisibilidad
subsanables o de improcedencia que no podrían ser subsanados”.
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