Hoy se cumple un año de la
promulgación de la Ordenanza Regional Nº 011-2013 – GRSM/CR. Fue el 18 de junio de 2013, cuando el ex
Presidente César Villanueva Arévalo, puso su rúbrica a esta norma de carácter
regional, que previamente había sido aprobado por el Consejo Regional de San
Martín. Sólo para recordar: la ordenanza no fue iniciativa del Gobierno
Regional de San Martín, la propuesta fue presentada por el Colectivo de Jóvenes
de San Martín, con el apoyo de la Asociación PRODEMU, quienes ya venían
trabajando la propuesta hace muchos años a raíz de los problemas que afectaban
a la juventud.
Y para saber lo que dice la
ordenanza repasemos algunos de sus artículos, por ejemplo: el artículo primero “declara
de interés prioritario y
público, la promoción del acceso de los y las adolescentes y jóvenes a los
servicios de atención integral diferenciados públicos, mixtos y privados con especial
énfasis en la salud sexual y reproductiva, en el ámbito de la región San Martín”.
Es decir, que todos los establecimientos de salud deben contar con espacios
físicos y horarios especiales para atender a las y los adolescentes y jóvenes. ¿Cuántos ha implementado el Gobierno
Regional de San Martín Presidente Ocampo?
Y el artículo segundo, también declara “de
interés prioritario y público la prevención del embarazo en adolescentes en la
región San Martín”. En el año 2012, el índice de embarazo en adolescentes era
de 27.2 % convirtiéndonos en la segunda región con más adolescentes embarazadas
después de Loreto. Para el 2013, las cifras bajaron a 21.7 %, según la ENDES
2013. Le pregunto nuevamente al Presidente Javier Ocampo y a todo su equipo de
gestión ¿Qué medidas o acciones han realizado para contrarrestar estas cifras
que lo único que hace es contribuir a la pobreza?
Como dije, ha pasado un año y no vemos
absolutamente nada respecto a la implementación de la Ordenanza regional Nº
011, lo que indicaría que a esta gestión sólo le interesa aprobar normas para
el papel. Y siguiendo con la ordenanza, podemos ver que en el tercer artículo dispone
“el acceso de los y las adolescentes a
la atención integral diferenciada y especializada en salud sexual y
reproductiva acorde con el nivel de complejidad del establecimiento en la región,
sin requerimiento de autorización previa de los padres, madre, tutores,
tutoras, en resguardo del interés superior de los y las adolescentes”.
La norma es amplia en cuanto a lo que ordena, sin
duda es un ejemplo de reconocimiento y garantía de los derechos de adolescentes
y jóvenes, pero lamentablemente sólo está en el papel. Muestra de ello es que
ni siquiera los funcionarios de salud y educación conocen de esta ordenanza,
mucho menos todas las poblaciones beneficiarias, es decir adolescentes y
jóvenes. Y algo sumamente importante es que en el cuarto artículo dispone “que
la Dirección Regional de Educación incluya en la currícula educativa y en los
programas de capacitación a docentes la Educación Sexual Integral ESI”.
Hay más artículos tan importantes como las
mencionadas líneas arriba, sobre todo porque son de carácter más
administrativos donde dispone que las instituciones involucradas realicen
acciones para su implementación, y hasta ordena que rindan cuentas. Presidente
Javier Ocampo Ruiz, usted es el líder de su equipo de gestión, tiene que
cumplir con sus funciones. ¿Cuánto tiempo más tendremos que esperar los jóvenes
Presidente Ocampo?